El Régimen Simplificado de Confianza se vendió como la gran simplificación fiscal para personas físicas, y en muchos casos lo es. Pero cambiar de régimen sin revisar la letra pequeña puede salir caro: hay quien migró a RESICO y terminó pagando más de lo que pagaba en actividad empresarial.
Cómo funciona el cálculo
RESICO grava los ingresos efectivamente cobrados, sin deducciones. La tasa es progresiva según el monto mensual:
| Ingresos mensuales | Tasa ISR |
| Hasta $25,000 | 1.00% |
| Hasta $50,000 | 1.10% |
| Hasta $83,333 | 1.50% |
| Hasta $208,333 | 2.00% |
| Hasta $291,666 | 2.50% |
Cuándo conviene
La respuesta corta: cuando tu margen es alto y tus gastos deducibles son bajos. Un consultor que factura $60,000 mensuales y gasta $5,000 en insumos paga alrededor de $900 de ISR en RESICO. En régimen general, con una base gravable de $55,000, la tarifa del artículo 96 lo colocaría muy por encima de esa cifra.
Cuándo no conviene
El panorama se invierte si operas con márgenes delgados. Un negocio de reventa que factura $200,000 y compra $170,000 de mercancía paga en RESICO sobre los $200,000 completos, ignorando por completo el costo. Ahí el régimen general, que sí permite deducir, es claramente mejor.
Regla práctica: si tus deducciones superan el 60% de tus ingresos, haz el cálculo comparativo antes de migrar.
Los requisitos que dejan fuera a mucha gente
- Ingresos anuales de hasta 3.5 millones de pesos.
- No ser socio, accionista o integrante de personas morales, salvo excepciones muy acotadas.
- No percibir ingresos por honorarios asimilados a salarios.
- Estar al corriente en declaraciones y tener el buzón tributario activo.
La causal de expulsión que pasa desapercibida
Si dejas de presentar la declaración anual, el SAT puede sacarte del régimen de forma definitiva: no podrás volver a tributar en RESICO en ejercicios posteriores. No es una multa recuperable, es una puerta que se cierra.
